Las CC.AA. pueden recabar modelos o autoliquidaciones adicionales en materia de tributos cedidos (ITP/AJD y Sucesiones y Donaciones) con ocasión de aportaciones patrimoniales en el marco de la Ley 41/2003, al ostentar competencias exclusivas de gestión tributaria conforme al artículo 55.1 de la Ley 22/2009, sin limitación normativa que lo impida en la normativa estatal.
Hechos
Ver cuestión planteada
Cuestión planteada
Si, en el ámbito de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de Protección de las Personas con Discapacidad, de modificación del Código Civil, de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la normativa tributaria con esta finalidad, pueden las CC.AA. recabar algún modelo o declaración adicional con ocasión de la autoliquidaicón de tributos cedidos derivados de la realización de la aportación de diversos elementos patrimoniales.
Contestación
En relación con la cuestión planteada, este Centro Directivo, en el ámbito de los tributos de su competencia, informa lo siguiente:
En el escrito de consulta se plantea si las Comunidades Autónomas pueden recabar algún modelo o autoliquidación adicional, en el ámbito de tributos cedidos como son el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y el de Sucesiones y Donaciones, con ocasión de aportaciones dinerarias o de diversos elementos patrimoniales en el marco de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre.
De acuerdo con el articulo 55.1 de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias (BOE del 19 de diciembre), las Administraciones autonómicas tienen competencias exclusivas en materia de gestión tributaria respecto de distintos impuestos y, entre ellos, sobre los arriba referidos, por lo que nada obsta a la posibilidad suscitada en el escrito de consulta.
Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Referencia normativa
Ley 41/2003, de 18 de noviembre.