Warning: Permanently added '178.104.240.38' (ED25519) to the list of known hosts. Sujeción al IVA, exención no aplicable, tipo impositivo g... · DGT V0252-05
Consulta vinculante · V0252-05
IVA Vinculante DGT
Síntesis

Las ejecuciones de obra para la rehabilitación de una nave ganadera (ganado vacuno) ejecutadas por un empresario constituyen operaciones sujetas al IVA sin exención aplicable, tributando al tipo general del 16% conforme al artículo 90.1 de la Ley 37/1992, al no estar incluidas en el catálogo de operaciones de tipos reducidos (7% o 4%) del artículo 91.

Sujeción al IVA exención no aplicable tipo impositivo general 16% rehabilitación inmueble operaciones no incluidas en tipos reducidos

Hechos

Ejecuciones de obra para la rehabilitación de una nave para ganado vacuno.

Cuestión planteada

Tipo impositivo aplicable.

Contestación

1.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 4, apartado uno de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (Boletín Oficial del Estado del 29), están sujetas al citado Impuesto las ejecuciones de obra para la rehabilitación de una nave ganadera efectuadas por un empresario en el ejercicio de su actividad empresarial, mediante contraprestación.

A dichas operaciones no les resulta aplicable exención alguna de las previstas en la normativa reguladora del Impuesto sobre el Valor Añadido.

2.- El artículo 90, apartado uno de la Ley 37/1992, declara que el citado tributo se exigirá al tipo impositivo del 16 por ciento, salvo lo dispuesto en el artículo siguiente.

El artículo 91 no incluye entre las operaciones a las que resulta aplicable el tipo del 7 o del 4 por ciento, a las ejecuciones de obra para la rehabilitación de una nave ganadera objeto de consulta.

En consecuencia, tributarán por el Impuesto sobre el Valor Añadido al tipo impositivo del 16 por ciento las ejecuciones de obra para la rehabilitación de una nave para ganado vacuno.

3.- Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Referencia normativa

Ley 37/1992 art. 90-uno


Discusión
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