Warning: Permanently added '178.104.240.38' (ED25519) to the list of known hosts. Precios medios de mercado, tablas de valoración de vehícu... · DGT V0303-09
Consulta vinculante · V0303-09
ISD Vinculante DGT
Síntesis

La valoración de vehículos usados a efectos de ITP/AJD e ISD se determina aplicando los porcentajes de depreciación contenidos en el Anexo IV de la Orden EHA/3745/2007 (vigente desde 1 de enero de 2008) a los precios medios de venta aprobados anualmente por el Ministerio de Economía y Hacienda para cada modelo de turismo, todo terreno y motocicleta, calculándose el descuento en función de los años de utilización del vehículo.

Precios medios de mercado tablas de valoración de vehículos usados porcentajes de depreciación ITP/AJD ISD años de utilización

Hechos

El consultante desea determinar el valor de mercado de un automóvil de su propiedad a 31 de diciembre de 2008

Cuestión planteada

Normativa aplicable en la que se recojan las tablas de valoración de vehículos usados y los porcentajes aplicables para obtener el valor resultante a efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Contestación

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que establece como uno de los medios para la comprobación de valores el de precios medios en el mercado, para cada ejercicio se aprueba una Orden del Ministerio de Economía y Hacienda en la que se recogen los precios en el mercado no sólo de los automóviles de turismo, vehículos todos terreno y motocicletas, sino también los de las embarcaciones de recreo. En la elaboración de las tablas de modelos y precios se utilizan las publicaciones de las asociaciones de fabricantes y vendedores de medios de transporte, así como las indicaciones sobre nuevos vehículos de los propios fabricantes.

Por otro lado en dicha Orden se mantiene la tabla de porcentajes de depreciación contenida en el anexo IV de la Orden de 15 de diciembre de 1998, por considerar que sigue siendo adecuada a la realidad del mercado del automóvil y a la depreciación que sufren los vehículos.

Para la determinación del valor de un automóvil a 31 de diciembre de 2008, objeto de la presente consulta, será de aplicación la Orden EHA/3745/2007, de 14 de diciembre, (B.O.E. nº 305 de 21 de diciembre) por la que se aprueban los precios medios de venta aplicables en la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, y que conforme a su Disposición Final Única entró en vigor el 1 día de enero del año 2008 .

Dicha Orden recoge en su anexo IV los porcentajes, determinados en función de los años de utilización, a aplicar a los precios fijados por el Ministerio de Economía y Hacienda para vehículos de turismo, todo terreno y motocicletas ya matriculadas.

Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Referencia normativa

Orden EHA/3745/2007, de 14 de diciembre


Discusión
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