Las aportaciones económicas recibidas por profesionales de sus colegas como consecuencia de una huelga constituyen donaciones sujetas al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (artículo 3.1.b LSD). El donatario es sujeto pasivo obligado a presentar declaración separada por cada aportación en el plazo de treinta días hábiles desde el devengo del acto.
Hechos
Eventuales aportaciones económicas percibidas, con ocasión de huelga laboral, de compañeros del consultante.
Cuestión planteada
Tributación de tales aportaciones
Contestación
En relación con la cuestión planteada, este Centro Directivo informa lo siguiente:
Las eventuales aportaciones económicas recibidas por compañeros de profesión, de resultas de una situación de huelga como la que plantea el escrito de consulta, serían donaciones sujetas, en cuanto tales, al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (artículo 3.1.b) de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, reguladora del impuesto). Sería sujeto pasivo el donatario, que deberá presentar declaración separada por cada una de ellas en el plazo de los treinta días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que se cause el acto o contrato, de acuerdo, respectivamente, con el artículo 5 a) de la Ley 29/1987 y el artículo 67.1.b) del Reglamento del impuesto, aprobado por Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre.
Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Referencia normativa
Ley 29/1987 art. 3-1-b)