Warning: Permanently added '178.104.240.38' (ED25519) to the list of known hosts. Envase no reutilizable, parte integrante de producto, vid... · DGT V0413-23
Consulta vinculante · V0413-23
IE Vinculante DGT
Síntesis

El plástico incorporado a libros, carpetas y revistas no tiene la consideración de envase a efectos del Impuesto Especial sobre Envases de Plástico no Reutilizable. Aunque formalmente podría encajar en la definición de envase del artículo 68.1.a) de la Ley 7/2022, la DGT descarta su sujeción al aplicar la cláusula de exclusión ratione materiae: el plástico forma parte integrante del producto, es necesario para contenerlo, sustentarlo o preservarlo durante su vida útil, y todos sus elementos se consumen o eliminan conjuntamente, quedando así fuera del ámbito objetivo del impuesto.

Envase no reutilizable parte integrante de producto vida útil impuesto especial plástico cláusula de exclusión consumo conjunto

Hechos

La consultante es una empresa cuya principal actividad es la realización de acabados de post-impresión, y en particular el plastificado de libros, carpetas y revistas.

Cuestión planteada

Pregunta si el plástico que emplean tiene la consideración de envase a efectos del Impuesto Especial sobre Envases de Plástico no Reutilizable.

Contestación

La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular (BOE del 9 de abril), en el Capítulo I del Título VII, establece la regulación del Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. De acuerdo con el artículo 67.1 de dicha Ley se trata de “…un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre la utilización, en el territorio de aplicación del impuesto, de envases no reutilizables que contengan plástico, tanto si se presentan vacíos, como si se presentan conteniendo, protegiendo, manipulando, distribuyendo y presentando mercancías”.

El artículo 68.1 de la Ley 7/2022, de 8 de abril dispone que:

“Se incluyen en el ámbito objetivo de este impuesto:

a) Los envases no reutilizables que contengan plástico.

A estos efectos tienen la consideración de envases todos los artículos diseñados para contener, proteger, manipular, distribuir y presentar mercancías, incluyéndose dentro de estos tanto los definidos en el artículo 2.m) de esta ley, como cualesquiera otros que, no encontrando encaje en dicha definición, estén destinados a cumplir las mismas funciones y que puedan ser objeto de utilización en los mismos términos, salvo que dichos artículos formen parte integrante de un producto y sean necesarios para contener, sustentar o preservar dicho producto durante toda su vida útil y todos sus elementos estén destinados a ser usados, consumidos o eliminados conjuntamente.

Se considera que los envases son no reutilizables cuando no han sido concebidos, diseñados y comercializados para realizar múltiples circuitos o rotaciones a lo largo de su ciclo de vida, o para ser rellenados o reutilizados con el mismo fin para el que fueron diseñados.

b) Los productos plásticos semielaborados destinados a la obtención de los envases a los que hace referencia la letra a), tales como las preformas o las láminas de termoplástico.

c) Los productos que contengan plástico destinados a permitir el cierre, la comercialización o la presentación de envases no reutilizables.”.

Si bien la definición de envase del artículo 68.1.a) de la Ley 7/2022, de 8 de abril, pudiera ser de aplicación al plástico que se incorpora a libros, carpetas y revistas, a juicio de este Centro Directivo queda fuera del ámbito objetivo del impuesto porque forman parte integrante de un producto y son necesarios para contener, sustentar o preservar dicho producto durante toda su vida útil y todos sus elementos están destinados a ser usados, consumidos o eliminados conjuntamente

Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Referencia normativa

Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.


Discusión
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