Warning: Permanently added '178.104.240.38' (ED25519) to the list of known hosts. Tasa por ejercicio de potestad jurisdiccional, hecho impo... · DGT V0453-14
Consulta vinculante · V0453-14
ISD Vinculante DGT
Síntesis

El recurso contencioso-administrativo por vía de hecho constituye hecho imponible sujeto a la tasa por ejercicio de la potestad jurisdiccional conforme al artículo 2 c) de la Ley 10/2012. La inexistencia de exención específica para los supuestos de los artículos 25.3 y 30 LCJA determina que incluso cuando concurran tales circunstancias la obligación tributaria nace íntegramente, sin reducción ni dispensa alguna del devengo de la tasa.

Tasa por ejercicio de potestad jurisdiccional hecho imponible recurso contencioso-administrativo por vía de hecho exención tributaria devengo

Hechos

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Cuestión planteada

Si el recurso contencioso-administrativo por vía de hecho está sujeto a la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social

Contestación

En relación con la cuestión planteada, este Centro Directivo informa lo siguiente:

El artículo 2 c) de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses incluye, como uno de los supuestos del hecho imponible de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social, “la interposición del recurso contencioso-administrativo”.

Dado que no existe exención alguna para los supuestos de planteamiento de dicho recurso en los casos a que se refieren los artículos 25.3 y 30 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, la interposición del contencioso-administrativo en tales casos estará igualmente sujeto a la tasa citada.

Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Referencia normativa

Ley 10/2012. Art.2


Discusión
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