Warning: Permanently added '178.104.240.38' (ED25519) to the list of known hosts. Deducción por inversión en vivienda habitual, rehabilitac... · DGT V0708-07
Consulta vinculante · V0708-07
IRPF Vinculante DGT
Síntesis

La construcción de un nuevo pozo en vivienda habitual no constituye obra de rehabilitación ni ampliación susceptible de deducción por inversión en vivienda habitual conforme a la normativa del IRPF, sino mejora o sustitución, que carece de derecho deductivo. La deducción solo procede cuando las obras se ajusten a la calificación reglamentaria de rehabilitación o ampliación, no para inversiones que impliquen mera mejora patrimonial sin incremento de superficie útil o recuperación funcional del inmueble.

Deducción por inversión en vivienda habitual rehabilitación ampliación mejora IRPF hecho generador

Hechos

La consultante tiene su residencia habitual en una finca calificada como rústica por la cual tributa por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Para mantener el suministro de agua ha tenido que construir un nuevo pozo ya que el anterior se quedó sin agua y no permitía obras para alcanzar mayor profundidad.

Cuestión planteada

Posibilidad de deducirse por inversión en vivienda habitual por el coste de las obras, considerándolas de rehabilitación o ampliación.

Contestación

La normativa del Impuesto permite practicar la deducción por inversión en vivienda habitual cuando en la vivienda habitual del contribuyente se lleven a cabo obras de rehabilitación o ampliación en los términos que reglamentariamente establece. Las obras realizadas por la consultante, construyendo un nuevo pozo, han de calificarse de sustitución o mejora las cuales en ningún caso generan derecho a la deducción.

Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Referencia normativa

RIRPF RD 1775/2004, Arts. 12-1-f), 54; TRLIRPF RDLg 3/2004, Art. 69.


Discusión
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