La escritura pública de cancelación de hipoteca está sujeta al gravamen gradual de actos jurídicos documentados (documentos notariales) conforme al artículo 45.I.B) del TRLITPAJD, pero goza de exención total en su modalidad de cuota gradual. La cancelación de hipotecas de cualquier clase, documentada en escritura notarial, no genera obligación de pago de ITP/AJD en la cuota gradual, independientemente del tipo de inmueble o garantía.
Hechos
La consultante ha efectuado recientemente la amortización total y anticipada del préstamo hipotecario de su vivienda, adquirida en 1999, y la escritura pública de cancelación de la hipoteca que gravaba dicha vivienda.
Cuestión planteada
Tributación en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados de la escritura pública de cancelación de la hipoteca descrita. En concreto, se consulta cuál es el tipo de gravamen aplicable.
Contestación
En relación con la cuestión planteada, este Centro Directivo ya se ha manifestado otras veces, en concreto en consulta de fecha 30 de enero de 2007 ya se informó lo siguiente:
El artículo 45.I.B) del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre (BOE de 20 de octubre de 1993) determina que “Estarán exentas: … 18. Las primeras copias de escrituras notariales que documenten la cancelación de hipotecas de cualquier clase, en cuanto al gravamen gradual de la modalidad Actos Jurídicos Documentados que grava los documentos notariales”.
De acuerdo con el citado precepto, la escritura pública de cancelación de una hipoteca sobre una vivienda está sujeta a la cuota gradual de la modalidad de actos jurídicos documentados, documentos notariales, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, pero está exenta.
Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Referencia normativa
TRLITPAJD RDLeg 1/1993 art. 45-I-B)-18