Warning: Permanently added '178.104.240.38' (ED25519) to the list of known hosts. Tipo general IVA, tipo reducido, elenco cerrado, bienes a... · DGT V1289-13
Consulta vinculante · V1289-13
IVA Vinculante DGT
Síntesis

La cinta de riego por goteo está sujeta al tipo general del 21 % en IVA. Aunque se trata de un bien empleado en actividades agrícolas, el artículo 91.1.1.3º LVA establece un elenco cerrado de productos que acceden al tipo reducido del 10 % (semillas, fertilizantes, plaguicidas, plásticos para cultivos y bolsas de papel protectoras), y la cinta de riego no figura en dicha enumeración taxativa, por lo que no resulta de aplicación la reducción.

Tipo general IVA tipo reducido elenco cerrado bienes agrícolas artículo 91 LVA

Hechos

La entidad consultante comercializa material de riego agrícola. En particular, comercializa la cinta de riego por goteo "Aqua-TraXX".

Cuestión planteada

Tipo impositivo aplicable a dicho producto.

Contestación

1. - El artículo 90, apartado uno, de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE del 29), establece que el Impuesto se exigirá al tipo del 21 por ciento, salvo lo dispuesto en el artículo siguiente.

2. - El artículo 91, apartado uno.1, número 3º, de la Ley 37/1992, establece lo siguiente:

"Uno. Se aplicará el tipo del 10 por ciento a las operaciones siguientes:

1. Las entregas, adquisiciones intracomunitarias o importaciones de los bienes que se indican a continuación:

(....)

3º. Los siguientes bienes cuando, por sus características objetivas, envasado, presentación y estado de conservación, sean susceptibles de ser utilizados directa, habitual e idóneamente en la realización de actividades agrícolas, forestales o ganaderas: semillas y materiales de origen exclusivamente animal o vegetal susceptibles de originar la reproducción de animales o vegetales; fertilizantes, residuos orgánicos, correctores y enmiendas, herbicidas, plaguicidas de uso fitosanitario o ganadero; los plásticos para cultivos en acolchado, en túnel o en invernadero y las bolsas de papel para la protección de las frutas antes de su recolección.”.

El precepto anteriormente transcrito no prevé la aplicación del tipo reducido del 10 por ciento a todos los bienes empleados en las actividades agrícolas, forestales o ganaderas, sino únicamente a aquéllos expresamente mencionados en el mismo.

3.- En consecuencia con todo lo anterior, esta Dirección General le informa de que se aplicará el tipo impositivo general del 21 por ciento a las entregas, adquisiciones intracomunitarias e importaciones del artículo objeto de consulta (cinta de riego por goteo), por entender que no se comprende en la relación de productos enumerados en la Ley para la aplicación del tipo impositivo reducido previsto en el artículo 91.Uno.1.3º de la citada Ley.

4.- Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Referencia normativa

Ley 37/1992 art. 90-Uno-91-Uno-1-3º


Discusión
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