Warning: Permanently added '178.104.240.38' (ED25519) to the list of known hosts. hecho imponible, adquisición a título gratuito, donación ... · DGT V1440-09
Consulta vinculante · V1440-09
ISD Vinculante DGT
Síntesis

La transmisión proyectada de la vivienda por donación está sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones conforme al artículo 3.1.b de la Ley 29/1987, sin que la previa donación de 2007 altere esta sujeción. La operación constituye adquisición de bienes por negocio jurídico a título gratuito inter vivos, siendo aplicable la normativa de la Comunidad Valenciana en cuanto al régimen tributario del impuesto, dados la ubicación del inmueble en Orihuela (Alicante).

hecho imponible adquisición a título gratuito donación inter vivos Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones normativa autonómica régimen especial territorial.

Hechos

Resolución de donación de inmueble efectuada en 2007

Cuestión planteada

Si está o no sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones la operación proyectada.

Contestación

En relación con la cuestión planteada, este Centro Directivo, en el ámbito de sus competencias, informa lo siguiente:

La hija de la consultante donó a esta una vivienda en el año 2007, pretendiéndose ahora resolver la transmisión efectuada, de forma que se produciría un cambio de posición de las partes, pasando la entonces donataria a ser donante y, consecuentemente, la primitiva donante a ser donataria de la vivienda transmitida.

Se trata de una operación sujeta al impuesto, como la anterior, en cuanto “adquisición de bienes y derechos por donación o cualquier otro negocio jurídico a título gratuito o inter vivos”, (artículo 3.1.b) de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, que regula el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones), sin que presente especialidad alguna por el hecho de la transmisión anterior. No obstante, dada la situación del inmueble en Orihuela (Alicante), deberá tenerse presente la eventual aplicación de la normativa que, en relación al citado impuesto, ha sido aprobada por la Comunidad autónoma valenciana.

Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Referencia normativa

Ley 29/1987 art. 3-1-b)


Discusión
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