Warning: Permanently added '178.104.240.38' (ED25519) to the list of known hosts. Tipo impositivo IVA, productos adhesivos, tipo general, t... · DGT V1512-10
Consulta vinculante · V1512-10
IVA Vinculante DGT
Síntesis

La DGT reitera que los productos adhesivos listados (lápices correctores Pritt, geles y colas blancas en diversas presentaciones) tributan al tipo general del IVA (16 % / 18 % desde julio 2010), descartando la aplicación del tipo reducido del 4 %. La conclusión se fundamenta en que no concurren las condiciones para encuadrar estos productos en las categorías que permitirían la tributación reducida según la normativa IVA vigente; la reiteration de criterios previos refleja ausencia de modificación normativa que justificase cambio de postura.

Tipo impositivo IVA productos adhesivos tipo general tipo reducido entregas intracomunitarias importaciones

Hechos

La consultante comercializa diversos productos, y que se relacionan a continuación:

Lápiz adhesivo Pritt, Power Pritt Gel y Power Pritt

Pritt lapiz 10 gr.

Pritt lápiz 20 gr.

Pritt lápiz 20 gr blister

Pritt lápiz 40 gr.

Pirtt lápiz 40 gr bister.

Power pritt gel 35 gr blister

Power pritt gel 35 gr.

Pritt cola blanca 110 gr.

Pritt cola blanca 210.gr.

Pritt cola blanca de 1 kg.

Cuestión planteada

Revisión del tipo impositivo aplicable a los citados productos.

Contestación

Mediante Resolución de 10 de noviembre de 2009, numero de consulta V2495-09 de este Centro Directivo, se le comunicaron los criterios que se consideraban ajustados a Derecho en relación con la aplicación del tipo impositivo reducido a los productos descritos en la descripción de hechos.

En su nueva consulta piden la revisión de la mencionada resolución con el fin de aplicar el tipo reducido del 4 por ciento a los mencionados productos.

Dado que la normativa reguladora del Impuesto sobre el Valor Añadido no ha sido modificada hasta la fecha en lo relativo a la consulta que planteó, se reiteran los criterios contenidos en la citada Resolución.

En consecuencia, este Centro directivo se reitera en la contestación de fecha 10 de noviembre de 2009, informando que tributarán por el Impuesto sobre el Valor Añadido al tipo impositivo del 16 por ciento, (el 18 por ciento a partir del 1 de julio de 2010), las entregas, adquisiciones intracomunitarias e importaciones de:

Pritt lápiz 10 gr.

Pritt lápiz 20 gr.

Pritt lápiz 20 gr blister

Pritt lápiz 40 gr.

Pirtt lapiz 40 gr bister.

Power pritt gel 35 gr blister

Power pritt gel 35 gr.

Pritt cola blanca 110 gr.

Pritt cola blanca 210.gr.

Pritt cola blanca de 1 kg.

Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Referencia normativa

Ley 37/1992 arts. 90-uno, 91-uno-1-6º


Discusión
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