Warning: Permanently added '178.104.240.38' (ED25519) to the list of known hosts. Aumento de capital, operaciones societarias, exención ITP... · DGT V1981-12
Consulta vinculante · V1981-12
ISD Vinculante DGT
Síntesis

La ampliación de capital de la consultante está sujeta a la modalidad de operaciones societarias, pero resulta exenta conforme al artículo 45.I.B) 11 LRPTAJD (redacción RDL 13/2010), en tanto que la sociedad no tenga su sede de dirección efectiva ni domicilio social previos situados en un Estado miembro de la UE. La exención se aplica con independencia de que la ampliación suponga o no aumento de capital, salvo que concurran las condiciones de UE descritas, que sí habrían permitido la exención incluso antes de dicho RDL.

Aumento de capital operaciones societarias exención ITP sede de dirección efectiva domicilio social ámbito geográfico extracomunitario.

Hechos

La entidad consultante va a recibir unos inmuebles.

Cuestión planteada

Si puede acogerse a la exención del artículo 45.I.B) 11 del texto refundido del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Contestación

El artículo 45.I.B) 11 del texto refundido del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre (BOE de 20 de octubre), establece que:

“B) Estarán exentas:

….

11. La constitución de sociedades, el aumento de capital, las aportaciones que efectúen los socios que no supongan aumento de capital y el traslado a España de la sede de dirección efectiva o del domicilio social de una sociedad cuando ni una ni otro estuviesen previamente situados en un Estado miembro de la Unión Europea.”.

La ampliación de capital que en su caso efectúe la entidad consultante estará sujeta a la modalidad de operaciones societarias por el concepto de aumento de capital, si bien estaría exenta del impuesto en virtud de lo dispuesto en el número 11 del artículo 45.I.B) del texto refundido, en la redacción dada a aquel por el Real Decreto-Ley 13/2010, de 3 de diciembre (BOE de 3 de diciembre), transcrito anteriormente, que entró en vigor el mismo día de su publicación en el BOE.

Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Referencia normativa

TRLITPAJD RDLeg 1/1993 art. 45-I-B) 11


Discusión
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