La entidad consultante, constituida en septiembre de 2013, cumple los requisitos para beneficiarse del tipo reducido de la disposición adicional 19 TRLIS (15% hasta 300.000 € y 20% en el resto) durante sus dos primeros períodos impositivos con base positiva, siempre que: (i) desarrolle actividad económica ordenando por cuenta propia medios de producción y recursos humanos; (ii) no haya transmitido la actividad desde entidades vinculadas; (iii) no proceda de una persona física con participación superior al 50% que hubiese ejercido esa misma actividad durante el año anterior a su constitución.
Hechos
La entidad consultante (X) se constituyó en septiembre de 2013. El capital social de la entidad consultante está participado, a partes iguales, por dos socios personas físicas (s1 y s2), que a su vez son administradores solidarios de la sociedad.
Previamente, s1 y s2 participaban en la sociedad profesional Y, con una participación del 20% cada uno, en la que eran administradores solidarios. El restante 60% del capital social lo ostentaban otros tres socios.
En julio de 2013, por motivos económicos y discrepancias varias, los socios de la entidad Y decidieron disolverla de forma que cada uno quedara desvinculado de la actividad desarrollada por la entidad, y libre de ejercerla por cualquier otro medio. En diciembre de 2013 se adoptó el acuerdo de liquidación y extinción y se otorgó escritura notarial, que se encuentra pendiente de inscripción registral.
La entidad X no asume la actividad de la entidad liquidada Y, que ni se la transmite ni se la cede por ningún título, ni constituye una sucesión de dicha actividad. La entidad consultante comienza sus actividades a partir del momento de su constitución, sin más vínculos con la sociedad Y que la coincidencia de dos socios y de los administradores.
Cuestión planteada
Si la entidad consultante se puede beneficiar del tipo especial regulado en la disposición adicional 19 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, como entidad de nueva creación.
Contestación
El artículo 7 del Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2013, introdujo una nueva disposición adicional decimonovena en el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (TRLIS), aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo:
“1. Las entidades de nueva creación, constituidas a partir de 1 de enero de 2013, que realicen actividades económicas tributarán, en el primer período impositivo en que la base imponible resulte positiva y en el siguiente, con arreglo a la siguiente escala, excepto si, de acuerdo con lo previsto en el artículo 28 de esta ley, deban tributar a un tipo inferior:
a) Por la parte de base imponible comprendida entre 0 y 300.000 euros, al tipo del 15 por ciento.
b) Por la parte de base imponible restante, al tipo del 20 por ciento.
Cuando el período impositivo tenga duración inferior al año, la parte de base imponible que tributarán al tipo del 15 por ciento será la resultante de aplicar a 300.000 euros la proporción en la que se hallen el número de días del período impositivo entre 365 días, o la base imponible del período impositivo cuando esta fuera inferior.
2. (…)
3. A los efectos de lo previsto en esta disposición, no se entenderá iniciada una actividad económica:
a) Cuando la actividad económica hubiera sido realizada con carácter previo por otras personas o entidades vinculadas en el sentido del artículo 16 de esta ley y transmitida, por cualquier título jurídico, a la entidad de nueva creación.
b) Cuando la actividad económica hubiera sido ejercida, durante el año anterior a la constitución de la entidad, por una persona física que ostente una participación, directa o indirecta, en el capital o en los fondos propios de la entidad de nueva creación superior al 50 por ciento.
4. (…)”
De acuerdo con lo anterior, la disposición adicional decimonovena hace referencia a las entidades de nueva creación constituidas a partir del 1 de enero de 2013, que desarrollen actividades económicas.
Puesto que la entidad consultante se constituyó en septiembre de 2013 y en la medida en que desarrolle una actividad económica, entendiéndose que ordena por cuenta propia los medios de producción y recursos humanos, o uno de ambos, para su realización, en principio cumpliría los requisitos establecidos en el apartado 1 de la disposición adicional decimonovena del TRLIS.
De conformidad con el apartado tercero de la disposición adicional, parece que la entidad consultante inicia una actividad, puesto que no se dan ninguno de los supuestos establecidos en las letras a) y b) del mencionado apartado, al no existir vinculación entre las sociedades X e Y, en los términos dispuestos en el artículo 16 del TRLIS, y puesto que ninguno de los dos socios participan en X en un porcentaje superior al 50%.
En conclusión, de los datos aportados se puede considerar que la entidad X es una entidad de nueva constitución que, en la medida en que inicie una actividad económica, podrá aplicar lo establecido en la disposición adicional decimonovena del TRLIS.
Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Referencia normativa
TRLIS / RD Legislativo 4/2004 ; DA 19ª