Warning: Permanently added '178.104.240.38' (ED25519) to the list of known hosts. IRPF, rendimientos del trabajo, prestación de seguro, res... · DGT V2200-14
Consulta vinculante · V2200-14
Varios Vinculante DGT
Síntesis

La prestación percibida por la administradora derivada de póliza de seguro suscrita por la sociedad constituye rendimiento del trabajo personal sujeto a IRPF, conforme a la Ley 35/2006, con independencia de la intermediación empresarial en la contratación del seguro. La conclusión opera bajo el supuesto de residencia fiscal española de la perceptora.

IRPF rendimientos del trabajo prestación de seguro residencia fiscal sujeto pasivo hecho imponible.

Hechos

La consultante figuraba como beneficiaria de una póliza de seguro denominada "seguro de jubilación" suscrita por la empresa en la que es administradora, habiendo percibido la prestación correspondiente en el año 2013.

Cuestión planteada

A qué tipo de impuesto está sujeta la operación descrita.

Contestación

De lo manifestado por la consultante se desprende que la misma ha percibido en el año 2013 una prestación derivada de un contrato de seguro suscrito por la empresa en la que es administradora.

Partiendo de la hipótesis de que la consultante es residente fiscal en España, dicha prestación estará sujeta al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, regulado por la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.

Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Referencia normativa

Ley 35/2006


Discusión
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