La obligación de conservar documentos justificativos de operaciones realizadas en períodos prescritos se extiende durante el plazo de prescripción del derecho para determinar las deudas tributarias afectadas por esa operación. En el caso concreto, amortizaciones contabilizadas en 2006-2007 originadas en adquisiciones de 2001 requieren conservación de justificantes (facturas y documentación de compra) hasta vencimiento del plazo de prescripción de 2006-2007, no de 2001.
Hechos
Presentación de autoliquidaciones del ejercicio 2006 y 2007 relativas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en las que para el cálculo de los rendimientos objeto de tributación se ha tenido en cuenta la amortización de bienes adquiridos en 2001 y señala que ya no se dispone de todas las facturas relativas a las adquisiciones de los bienes en el ejercicio 2001, que dice que se contabilizaron y registraron entonces.
Cuestión planteada
Plazo de la obligación de conservar los documentos justificativos.
Contestación
En relación con la cuestión planteada, este Centro Directivo señala lo siguiente:
El apartado 3 del artículo 70 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, señala respecto a los efectos de la prescripción en relación con las obligaciones formales:
3. La obligación de justificar la procedencia de los datos que tengan su origen en operaciones realizadas en períodos impositivos prescritos se mantendrá durante el plazo de prescripción del derecho para determinar las deudas tributarias afectadas por la operación correspondiente.
Por tanto, en el caso planteado, al ser datos consignados en las autoliquidaciones de los ejercicios 2006 y 2007 que tienen su origen en operaciones realizadas en el ejercicio 2001, se mantiene la obligación de acreditar la procedencia y cuantía de las amortizaciones durante el plazo de prescripción del derecho para determinar las deudas tributarias afectadas, en este caso durante el plazo de prescripción de los ejercicios 2006 y 2007. Es por ello que debe conservar las facturas y demás documentación justificativa de las adquisiciones efectuadas en 2001.
Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Referencia normativa
Ley 58/2003, art 70.