Warning: Permanently added '178.104.240.38' (ED25519) to the list of known hosts. Descuento en precio, base de adquisición, IRPF transmisio... · DGT V2480-17
Consulta vinculante · V2480-17
IRPF Vinculante DGT
Síntesis

El descuento en precio concedido por el vendedor al adquirente de vivienda, siempre que no exista vinculación entre las partes y el descuento responda a condiciones normales de mercado, constituye una menor base de adquisición conforme al artículo 35.1.a) LIRPF, no integrándose como renta del ejercicio en que se efectúa la compra, sino minorando exclusivamente el coste de adquisición para futuras transmisiones de la vivienda.

Descuento en precio base de adquisición IRPF transmisiones patrimoniales coste histórico condiciones de mercado

Hechos

La consultante y su cónyuge adquirieron a una entidad mercantil un inmueble. Con la escritura de compraventa (2014) se percibió la mitad del precio, pactándose el pago de la otra mitad en 120 cuotas mensuales iguales que incluyen un interés anual del 2,50%. En 2017, cuando ya se habían satisfecho 38 cuotas, ambas partes acuerdan una rebaja en el precio a cambio de la liquidación de la deuda pendiente en un único pago.

Cuestión planteada

Incidencia de la rebaja del precio en la tributación por el IRPF de la consultante.

Contestación

Partiendo de la consideración de la inexistencia de vinculación entre la parte vendedora y la parte compradora, ajustándose la rebaja concedida a condiciones normales de mercado, el descuento concedido a la consultante constituirá, a efectos de futuras transmisiones, y en aplicación del artículo 35.1.a) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (BOE del día 29), un menor importe satisfecho para la adquisición de la vivienda. En consecuencia, la consultante no deberá integrar dicho descuento como renta obtenida en la declaración del impuesto correspondiente al ejercicio en que se ha efectuado (2017).

Lo que comunico a usted con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria BOE del día 18).

Referencia normativa

Ley 35/2006. Artículo 35.


Discusión
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