Las entregas de bienes realizadas en Alemania, cuando los bienes se ponen a disposición del adquirente en territorio alemán sin expedición o transporte previo desde España, no están sujetas al IVA español conforme al artículo 68.1 LIVA. La normativa alemana determinará la exención y la posición del sujeto pasivo. No procede declaración en modelo 349 (operaciones intracomunitarias no concurren) ni información INTRASTAT ante la AEAT.
Hechos
Una empresa española después de despachar de importación por una Aduana alemana una mercancía, la entrega en aquel territorio a otra empresa, también española y también no establecida en Alemania.
Cuestión planteada
- Sujeción de la entrega. - Varias derivadas de la sujeción.
Contestación
1. – El artículo 68. Uno de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE de 29 de diciembre), establece:
“El lugar de realización de las entregas de bienes se determinará según las reglas siguientes:
Uno. Las entregas de bienes que no sean objeto de expedición o transporte, se entenderán realizadas en el territorio de aplicación del Impuesto cuando los bienes se pongan a disposición del adquirente en dicho territorio.”
Con arreglo a este artículo no están sujetas al Impuesto, las entregas objeto de consulta, que se localizarán en Alemania.
Será la normativa alemana la que determinará la exención, y la inversión o no del sujeto pasivo de la operación.
2. – No hay que declarar la entrega en el modelo 349 ya que el artículo 79 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre (BOEl de 30 de diciembre), determina la obligación de presentar la declaración recapitulativa a los intervinientes en operaciones de entregas y adquisiciones intracomunitarias de bienes, prestaciones y adquisiciones intracomunitarias de servicios.
La entrega realizada en Alemania no se corresponde con ninguna de las operaciones que hemos mencionado en el párrafo precedente.
En lo que respecta a la declaración INTRASTAT, la competencia en relación con el contenido y presentación de esta declaración informativa corresponde al Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Avenida de Llano Castellano 17, 28034 Madrid.
3. - Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Referencia normativa
Ley 37/1992 art. 68. RIVA RD 1624/1992 art. 79