Warning: Permanently added '178.104.240.38' (ED25519) to the list of known hosts. pagos fraccionados, retenciones practicadas, rendimientos... · DGT V2829-18
Consulta vinculante · V2829-18
IRPF Vinculante DGT
Síntesis

Las retenciones soportadas en Reino Unido no son deducibles del importe del pago fraccionado trimestral a realizar en España conforme al artículo 110.2.a) del RIRPF, que permite deducir únicamente las retenciones practicadas y los ingresos a cuenta correspondientes al período del año, sin referencia a retenciones soportadas en jurisdicciones extranjeras; la deducción de retenciones extranjeras se articula, en su caso, a través del régimen de imputación de retenciones del artículo 99 LIRPF en la declaración anual del ejercicio.

pagos fraccionados retenciones practicadas rendimientos de actividades económicas imputación de retenciones cálculo de base imponible trimestral.

Hechos

El consultante, residente en España, desarrolla su actividad profesional tanto en España como en Reino Unido, realizando pagos a cuenta en los dos estados.

Cuestión planteada

Si, en el propio pago fraccionado a realizar en España, puede deducir las retenciones soportadas en Reino Unido en el trimestre.

Contestación

En cuanto al importe del fraccionamiento, el artículo 110 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo (BOE de 31 de marzo), en adelante RIRPF, establece:

“1. Los contribuyentes a que se refiere el artículo anterior ingresarán, en cada plazo, las cantidades siguientes:

a) Por las actividades que estuvieran en el método de estimación directa, en cualquiera de sus modalidades, el 20 por ciento del rendimiento neto correspondiente al período de tiempo transcurrido desde el primer día del año hasta el último día del trimestre a que se refiere el pago fraccionado.

De la cantidad resultante por aplicación de lo dispuesto en esta letra se deducirán los pagos fraccionados que, en relación con estas actividades, habría correspondido ingresar en los trimestres anteriores del mismo año si no se hubiera aplicado lo dispuesto en la letra c) del apartado 3 de este artículo.

(…)

2. Los porcentajes señalados en el apartado anterior se dividirán por dos para las actividades económicas que tengan derecho a la deducción en la cuota prevista en el artículo 68.4 de la Ley del Impuesto.

De la cantidad resultante por aplicación de lo dispuesto en los apartados anteriores, se podrán deducir, en su caso:

a) Las retenciones practicadas y los ingresos a cuenta efectuados correspondientes al período de tiempo transcurrido desde el primer día del año hasta el último día del trimestre al que se refiere el pago fraccionado, cuando se trate de:

1.º Actividades profesionales que determinen su rendimiento neto por el método de estimación directa, en cualquiera de sus modalidades.

(…).”

Por tanto, el consultante no podrá deducir, del pago fraccionado a realizar en España, las retenciones soportadas en el Reino Unido a cuenta del impuesto sobre la renta británico.

Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Referencia normativa

RIRPF, RD 439/2007, Art. 110.

CDI Reino Unido.


Discusión
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