Warning: Permanently added '178.104.240.38' (ED25519) to the list of known hosts. Estimación objetiva, índices de rendimiento neto, ganado ... · DGT V3115-19
Consulta vinculante · V3115-19
IRPF Vinculante DGT
Síntesis

Para la determinación del rendimiento neto en estimación objetiva del IRPF en 2018 de actividad ganadera ovina, resultan aplicables los índices de rendimiento neto establecidos en la Orden HFP/1159/2017: 0,13 para ganado ovino de carne y 0,26 para ganado ovino de leche. La Orden HAC/485/2019 no contempla reducción alguna de estos índices para la actividad consultada, por lo que no procede su aplicación.

Estimación objetiva índices de rendimiento neto ganado ovino IRPF período impositivo 2018

Hechos

Actividad ganadera extensiva de carne y leche de ovino desarrollada en Villaquejida (León).

Cuestión planteada

Índices de rendimiento neto aplicables a la misma para la determinación del rendimiento neto de la actividad en 2018.

Contestación

El método de estimación objetiva se desarrolla para el año 2018 en la Orden HFP/1159/2017, de 28 de noviembre, publicada en el BOE el día 30 de noviembre.

En el anexo I de dicha Orden se establecen los índices de rendimiento neto aplicables a los distintos cultivos y productos ganaderos.

En el caso planteado, estos índices son del 0,13 para el ganado ovino de carne y el 0,26 para el ganado ovino de leche.

Por su parte, la Orden HAC/485/2019, de 12 de abril, por la que se reducen para el período impositivo 2018 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del IRPF para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales, en su anexo, no contempla ninguna reducción en dichos índices, por lo que deberán aplicarse en esta año 2018, los índices recogidos en la Orden HFP/1159/2017, es decir, 0,13 para el ganado ovino de carne y 0,26 para el ganado ovino de leche.

Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Referencia normativa

Orden HFP/1159/2017, Anexo I

Orden HAC/485/2019


Discusión
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